SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1915/2011
Fecha: 28-Nov-2011
1)
El abogado de la accionante ratificó los términos de la acción de libertad planteada y ampliando señaló lo siguiente: 1) La Constitución Política del Estado en su art. 125 ha ampliado la protección de esta acción al derecho a la vida y la presente acción ha sido planteada porque se está poniendo en peligro la vida de la menor NN, toda vez que se pide la liquidación de la asistencia familiar devengada por Omar Muñoz, desde octubre de 2009, peticiones que fueron constantemente dilatadas por la Jueza Segunda de Instrucción de Familia, allanándose a una recusación interpuesta el 4 de diciembre de 2010 cuando desde el 9 de noviembre, ante el incumplimiento del pago de la asistencia familiar, debía emitir el mandamiento de apremio que correspondía; 2) La Jueza Tercera de Instrucción de Familia al haber recibido el proceso se excusó argumentando que el abogado del accionado sería su familiar en tercer grado; 3) La Constitución ha establecido que los derechos de un menor de edad tengan preeminencia sobre cualquier otro tipo, más aún cuando se trate de procedimientos o actuados procesales; 4) Al presente no existe autoridad competente que pueda respaldar y proteger los derechos de la menor.
- Beatriz Rubin de Celis Mercado
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- "improcedente"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal
- exigible sólo la acreditación del primer supuesto referido a la vinculación entre el acto lesivo y la privación de libertad o entre este y la amenaza al derecho a la vida
- III.3. Análisis del caso concreto
- procede la tutela cuando este derecho se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal
- sólo del primer supuesto referido a la vinculación entre el acto lesivo y la privación de libertad o entre este y la amenaza al derecho a la vida
- APROBAR