SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1967/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1967/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

I.2.3. Intervención del Tercero Interesado

El abogado apoderado de la Alcaldía Municipal de Santa Cruz, manifestó: Mediante Auto de 26 de febrero de 2007, se cita y emplaza al Alcalde, Percy Fernández Añez, para que comparezca y reconozca la firma y rúbrica de documentos que nunca firmó, situación que resulta ilógica, por cuanto se debe solicitar el reconocimiento de firma a la persona que suscribió los mismos, en ese caso a Jhonny Fernández Saucedo, en su condición de ex Alcalde de Santa Cruz, por tanto, la medida preparatoria que corresponde es que el actual Alcalde declare la efectividad de los documentos; es en ese entendido, que el ahora accionante, modificó su demanda en contradicción al art. 332 del CPC; es decir, después que el demandado se apersonó y formuló recurso de reposición, llevándose a cabo la medida preparatoria con vicios procesales; en consecuencia, las autoridades demandadas no excedieron sus atribuciones al anular obrados de conformidad al art. 15 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg), citando al efecto las SSCC 0744/2001 y 0739/2003; por lo que solicita se deniegue la tutela impetrada.