SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1967/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1967/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

II.2.

II.2.  Previo a admitir la medida preparatoria, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, ordenó el cumplimiento del art. 327 inc. 4) del CPC (fs. 39); el ahora accionante, aclaró que desconoce los domicilios reales de todos los demandados, modificando la medida preliminar de reconocimiento de firmas citando el art. 319 inc. 2). a del CPC y la dirige contra Percy Fernández Añez, en su condición de actual Alcalde Municipal y al resto de los funcionarios del PROISS, solicitando que “en caso de incomparecencia, sea declarada judicialmente su firma y rúbrica, en conformidad al art. 319 inc. c) del código de procedimiento civil” (sic) (fs. 40 y vta.).