Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.2.
II.2. Por memorial de 18 de febrero de 2009 (no consta el sello de recepción del Juzgado), los accionantes se apersonaron ante el citado Juzgado Primero de Instrucción y formularon incidente de nulidad por defectos absolutos en la imputación formal, solicitando el archivo de las actuaciones investigativas hasta que se promueva legalmente o desaparezca el impedimento legal con el que se promovió la investigación; escrito que en el otrosí segundo consigna una solicitud de suspensión de la audiencia de medidas cautelares señalada para el 19 de febrero de 2009 a horas 14:45 (fs. 21 a 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de libertad y defectos absolutos
- III.2. De los incidentes planteados en materia penal
- III.3. Incidente de nulidad por defectos absolutos
- III.4. Análisis del caso concreto
- POR TANTO