Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.3.
II.3. El 19 de febrero de 2009 a horas 15:30, el Juez demandado, en suplencia legal, instaló la audiencia de medidas cautelares, luego el Secretario del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Oruro, informó sobre el cumplimiento de las formalidades legales y la presencia de las partes, y en vía de complementación informó sobre la presentación de un escrito por parte de los imputados, mediante el cual, interpusieron incidente de nulidad por defectos absolutos (fs. 24 a 27 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de libertad y defectos absolutos
- III.2. De los incidentes planteados en materia penal
- III.3. Incidente de nulidad por defectos absolutos
- III.4. Análisis del caso concreto
- POR TANTO