Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
POR TANTO
POR TANTOEl Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre, que modifica por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 03/2009 de 11 de marzo, cursante de fs. 58 a 61, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de libertad y defectos absolutos
- III.2. De los incidentes planteados en materia penal
- III.3. Incidente de nulidad por defectos absolutos
- III.4. Análisis del caso concreto
- POR TANTO