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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2011-R

    Fecha: 07-Feb-2011

    I.2.1. Ratificación de la acción

    La parte accionante ratificó los términos de la acción planteada, haciendo hincapié en dos puntos centrales; cese la persecución indebida ya que el apremio debe librarse sólo en casos de que el representante de la empresa se niegue o incumpla una conminatoria previa, dirigida al cumplimiento del adeudo; y se proceda al remate de los inmuebles en cumplimiento a la SC “114/2007” que le fue negada indebidamente.

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • procedente en parte
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa alegada por el demandado, Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social
    • III.2. Los sujetos procesales en Derecho Laboral, definiciones y funciones de los representantes legales cuando se demandan a personas jurídicas
    • a)  Principio de protección y tutela.-
    • III.4. Condiciones previas que deben cumplirse antes de la privación o restricción al ejercicio del derecho a la libertad física, cuando se procede al apremio corporal en materia laboral
    • III.5. En el caso específico
    • Fragmento 19
    • 1°

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