SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.1.
El Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social, el 30 de agosto de 2000, admitió la demanda ordenando se cite a la empresa demandada en la persona de su Gerente General, Mario Jaime Jiménez Prudencio. En el otrosí tercero se consigna la orden para que el Juez Registrador de Derechos Reales (DD.RR.) proceda a la anotación preventiva de dos lotes de terreno (fs. 4). En 1 de noviembre de 2000, se emitió la Sentencia, por la que se declaró probada la demanda (fs. 16 a 17); por Auto de Vista 178/2001 se confirmó en lo concerniente a indemnización, vacación y salarios devengados y se revocó en cuanto a pago de aguinaldos (fs. 19 y vta.); y finalmente por Auto Supremo 25 se declaró improcedente el recurso incoado por CABLEBOL S.A. (fs. 20 a 21).
En mérito al escrito presentado por Giovanna Carla Rocha Alba, como apoderada legal de los herederos del fallecido Oscar Mariscal Medrano, con la suma de “…reitera conminatoria de pago y reitera hipoteca judicial” (sic) (fs. 23 y vta.), el Juez demandado por Auto de 10 de abril de 2006, dispuso la inscripción definitiva de los inmuebles detallados en la Resolución (fs. 24).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa alegada por el demandado, Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social
- III.2. Los sujetos procesales en Derecho Laboral, definiciones y funciones de los representantes legales cuando se demandan a personas jurídicas
- a) Principio de protección y tutela.-
- III.4. Condiciones previas que deben cumplirse antes de la privación o restricción al ejercicio del derecho a la libertad física, cuando se procede al apremio corporal en materia laboral
- III.5. En el caso específico
- Fragmento 19
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