SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.5.
II.5. De fs. 85 a 89, cursa una primera acción de libertad planteada por Richard Jaimes Jiménez en representación sin mandato de Edgar Vitalio Bohorquez Argote. En la acción incoada se denuncian dos aspectos: 1) Denuncia detención indebida en razón de que el representado ya no funge como representante legal de la empresa al haber sido sustituido por Pedro Huaycho Huaycho, quien se apersonó a estrados el 5 de enero de 2009, sin que exista pronunciamiento del Juez señalando que si bien, aún no existe el apersonamiento del nuevo representante legal de la empresa CABLEBOL S.A., el Juez de la causa al haber aceptado el memorial del señor Edgar Vitalio Bohorquez Argote, donde ponía a conocimiento que ya no tenía relación con la empresa demandada, debió dejar sin efecto el apremio; sin embargo, fue librado el 13 del indicado mes y año y ejecutado el 10 de febrero; 2) No se respetó la vinculatoriedad de las SSCC “620/02, 364/07 y 114/07”, que señalan que al existir bienes embargados corresponde prioritariamente el remate de los bienes hipotecados. En el petitorio se solicita la procedencia del recurso y se disponga la libertad de su representado.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa alegada por el demandado, Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social
- III.2. Los sujetos procesales en Derecho Laboral, definiciones y funciones de los representantes legales cuando se demandan a personas jurídicas
- a) Principio de protección y tutela.-
- III.4. Condiciones previas que deben cumplirse antes de la privación o restricción al ejercicio del derecho a la libertad física, cuando se procede al apremio corporal en materia laboral
- III.5. En el caso específico
- Fragmento 19
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