Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.4.
II.4. En razón de que no se constituyó el Tribunal, la causa fue radicada el 1 de marzo de 2004, ante el Tribunal de Sentencia de Achacachi, el cual señaló audiencia de juicio para el 20 de julio de 2004 (fs. 22). Por Auto 68/2004 se declaró la rebeldía de María Edith Zeballos Alba y se expidió mandamiento de aprehensión en su contra (fs. 28 a 29). A fs. 32 y vta., cursa el mandamiento de aprehensión librado el 22 del indicado mes y año y la representación del funcionario policial de la ciudad de La Paz, en sentido de que no fue habida.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- a)
- i)
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- III.3.
- libertad de circulación o locomoción
- al derecho de locomoción
- III.4.
- APROBAR