SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0062/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.5.
II.5. En respuesta a la petición efectuada por el abogado de los querellantes (fs. 34), la Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia de Achacachi el 11 de octubre de 2006, dispuso se expida nuevo mandamiento de aprehensión con habilitación de días y horas extraordinarias y orden instruida para toda la República. Al pie consta la entrega de las órdenes instruidas al abogado de las querellantes (fs. 34 vta.). A fs. 36 y 63, cursa otro mandamiento de aprehensión librado el 20 de agosto de 2008. A fs. 63 vta. cursa una representación donde se acredita que se ejecutó el mandamiento el 22 de noviembre del mencionado año; indicando además que dados los acontecimientos suscitados en Achacachi y en razón de que el Tribunal de Sentencia de esa Localidad se encuentra “replegado” en la ciudad de La Paz, al no poder definir su situación jurídica se dispuso su libertad.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- a)
- i)
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- III.3.
- libertad de circulación o locomoción
- al derecho de locomoción
- III.4.
- APROBAR