SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

a)

El abogado de la accionante, ratificó in extenso el contenido de la acción de libertad y lo amplió, señalando: a) En horas de la mañana, a momento del ingreso de la presente acción de libertad, su copatrocinada, fue notificada con una Resolución de 8 de abril, que dispuso la libertad de su esposo, empero vía telefónica el mandamiento de libertad no se entregó por disposición de la Jueza demandada, ante la existencia de la presente acción tutelar; b) Desde la imposición de la medida cautelar de última ratio, su defendido fue sometido a una serie de irregularidades procesales que no fueron subsanadas conforme el art. 118 del CPP, dado que transcurrieron treinta días para el señalamiento de audiencia de 2 de abril para la modificación de las medidas sustitutivas; además, de no haber valorado, ni considerado en su integridad los documentos presentados para la modificación de la fianza económica, que denotan su precaria situación económica; c) Solicitó la reparación civil en la suma de Bs46 000.- (cuarenta y seis mil bolivianos), consistente en sueldo, costo del “recurso”, gastos al interior del penal y daño moral; y, d) Reiteró su petitorio.