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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2011-R

    Fecha: 21-Feb-2011

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La accionante denuncia la vulneración de los derechos de su representado a la libertad física y de locomoción, al debido proceso en sus elementos presunción de inocencia, igualdad y proceso sin dilaciones o plazo razonable y a “no ser violentado física y moralmente”, citando al efecto los arts. 22. 23.I y III, 115.II y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • “improcedente”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
    • 2.
    • 3.
    • 4.

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