SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
a)
Solicitan se declare "procedente" el recurso planteado, disponiendo: a) La restitución a favor de su poderconferente del predio en conflicto; b) Dar cumplimiento a la orden de desapoderamiento de los loteadores que ocupan el bien inmueble de la entidad que representan; y, c) Resarcimiento de daños y costas ocasionadas.
La mandataria del BNB S.A. María Delia Zea Ophelan Salvatierra, se ratificó en los fundamentos de la acción, añadiendo lo siguiente: a)"Víctor Hugo Suárez Cuellar, dijo que no lo sacarían de ahí ni a balazos" (sic), porque tiene planos de acuerdo a ley, abogados y topógrafos; sin embargo, señala que, en dicho plano no firma nadie; y, b) Ante tanto avasallamiento, se sentó la denuncia por allanamiento de domicilio y asociación delictuosa, amenaza de extorsión y otros, contra Víctor Hugo Suárez Cuellar, caso signado 031/09, en virtud a ello refiere que la Fiscal otorga la orden de citación para que el funcionario policial, Edgar Galarico Orihuela, proceda a la notificación; sin embargo, afirman que él se encontraba temeroso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- evitar un daño o perjuicio irremediable
- acción de amparo constitucional como medio reparador ante dichas situaciones excepcionales de medidas de hecho
- 1)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- "1) El derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado; y, 2) La evidencia, tampoco controvertida, de que los demandados no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los accionantes"
- Fragmento 19
- las
- Fragmento 21
- concedido
- APROBAR