Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0158/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
acción de libertad,
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de libertad, interpuesta por Walter Juán Fernández Cuentas en representación legal de Edwin Nina Quispe contra Carlos Blanco Quisbert y Nancy Bustillos de Altuzarra, Jueces Técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Desistimiento de la acción de libertad
- En ningún caso podrá suspenderse la audiencia. En ausencia del demandado, por inasistencia o abandono, se llevará a efecto en su rebeldía
- III.2. Respecto a la persecución ilegal y procesamiento indebido
- III.3. Celeridad en la tramitación de solicitudes de cesación de la detención preventiva
- III.4. La extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, no puede ser declarada a través de la acción de libertad
- la declaración de extinción de la acción penal, o en su caso el rechazo de ella, debe hacerse por el juez o el tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, '…valorando en forma objetiva los antecedentes del proceso; en consecuencia, serán esas autoridades las que, en el caso concreto, determinarán si la retardación de justicia se debió al encausado o al órgano judicial y/o Ministerio Público…”
- 2)
- Primera:
- Segunda:
- 3)
- 4)
- procedente