SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0258/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0258/2011-R

Fecha: 16-Mar-2011

I.2.2. Informe de la funcionaria demandada

La funcionaria demandada, Rosa Ysela Marín Alanoca por informe oral prestado en audiencia, señaló que todos  los incidentes para acceder a los beneficios tienen el requisito de presentar el certificado de permanencia y conducta, y en el caso, el abogado omitió la presentación de dicho certificado, en cuyo documento debe basarse para hacer el informe al juez, lo que se circunscribe en el art. 138 de la LEPS, pues debe tener conocimiento si la actual representada del accionante ha sido condenada por delitos que no merecen indulto, violación terrorismo o sustancias controladas, no siendo suficientes los documentos presentados; además, el numeral 7 de ese artículo, establece que el interno no debe estar sancionado por faltas graves, y por ello es imprescindible la certificación de la dirección del penal para elevar el informe solicitado.