SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0268/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
II.4.
II.4. La Comisión de Calificación de Rentas, emitió la Resolución 0005837 de 15 de mayo de 2008, en virtud al Auto de Vista y Auto Supremo citados, resolviendo otorgar a favor del accionante, la rehabilitación de su renta única de vejez, indicando que se pagaría a partir del mes de junio de 2005 (fs. 21). Esta Resolución fue sujeta a recurso de reclamación por parte del accionante, con el argumento que se le debió rehabilitar su renta de vejez con carácter retroactivo al día de su suspensión definitiva; es decir, hasta el 25 de abril de 2002; vulnerando de esa manera, fallos judiciales pasados en autoridad de cosa juzgada que debieron ser respetados por la Comisión de Calificación de Rentas (fs. 22 a 23). La Comisión de Reclamación dictó la Resolución 0710/08 de 28 de agosto de 2008, confirmando sin recurso ulterior la Resolución 0005837 (fs. 24 a 25).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concediendo
- 1)
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- sin recurso ulterior
- III.2. De los derechos invocados como lesionados
- III
- Fragmento 18
- el derecho a la seguridad social, derivado del derecho a la vida y a la salud, se convierte en un instrumento estatal que materializa uno de los fines del Estado que es el acceso a la salud, protegiendo la vida del ser humano como derecho fundamental primigenio, logrando así el complemento al valor más preciado que es el "vivir bien"
- Fragmento 20
- III.3.Modulación del razonamiento asumido por las SSCC 1891/2010-R y 1901/2010-R, entre otras
- III.4. Análisis del caso concreto
- reconocer la renta única de vejez, otorgada al recurrente mediante Reso. 02937 de 16 de febrero de 2000
- Fragmento 24