SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0301/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0301/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

En audiencia Mario Murillo Mérida indicó que no se puede pretender que un Tribunal de garantías, efectúe una valoración de la prueba, para desvirtuar los motivos que determinaron la detención preventiva. La SC “0225/2004” citada, no señala que el riesgo de obstaculización desaparece con la presentación de la acusación, sino con la ejecución de la sentencia. A más de ello refiere que la accionante pretende desvirtuar el peligro de obstaculización, con la presentación de un certificado de permanencia en el recinto penitenciario que es insuficiente. Solicita se declare “improcedente” el recurso.