SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0301/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante manifiesta que los Jueces Técnicos demandados, le negaron la cesación de la detención preventiva alegando erróneamente la subsistencia de peligro de obstaculización; toda vez que acompañó la prueba pertinente y suficiente, además fundamentó la existencia de acusación fiscal que pone fin a la etapa preparatoria y desvirtúa dicho peligro. Apelada la determinación los Vocales co-demandados, confirmaron la determinación, alegando al igual que el a quo la permanencia de los riesgos de obstaculización previstos en los artículos 235 numerales 1), 2) y 4) sin considerar que sólo debería tomarse en cuenta los numerales 1) y 2), vulnerando con ello la reforma en perjuicio establecida en el artículo 400 del CPP, al realizar una defectuosa valoración de la prueba; asimismo se desconoció la ratio decidendi contenida en las SSCC 1702/2004-R y 1303/2003-R, que puntualizan que se debe efectuar una valoración integral de cada uno de los elementos y decidir en la forma que sea menos gravosa para el imputado. Corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente se debe otorgar o no la tutela que brinda la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la medida cautelar de detención preventiva
- III.2.1. Presupuestos para resolver la medida
- i)
- III.2.2. Necesidad de una valoración integral de los elementos probatorios
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- APROBAR