SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0334/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0334/2011-R

Fecha: 06-Abr-2011

1)

El abogado y apoderado del tercero interesado, señaló que: 1) La Corte Nacional Electoral inició el proceso coactivo contra los representados del accionante como emergencia de una auditoría practicada por la Contraloría General de la República; asimismo, los representados ante la concesión del recurso de apelación estaban en la obligación de hacer seguimiento del proceso y de apersonarse ante la Sala Social y Administrativa Tercera; 2) Los accionantes fueron notificados con el Auto de Vista ahora impugnado en Secretaría de Cámara, formulando después nulidades de notificaciones; sin embargo, no se apersonaron en apelación, consiguientemente no señalaron domicilio procesal, siendo ésta una obligación de las partes de señalar a diez cuadras a la redonda del Tribunal o en su caso deberán apersonarse los días martes y viernes; y, 3) A través de la presente acción los representados del accionante pretenden dejar sin efecto la notificación practicada con el Auto de Vista pronunciado en grado de apelación alegando indefensión, no obstante no haberse apersonado ni haber señalado domicilio procesal y su negligencia no puede ser suplida por medio de la acción tutelar.