SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

II.6.

II.6.  El 27 de abril de 2009, la demandante impetró conminar a la entidad demandada al pago de los beneficios sociales condenados, en la persona de su nueva representante legal; emitiéndose el proveído de 28 de ese mes y año, indicando que al haberse apersonado la indicada, en aplicación del art. 213 del CPT, se la conminaba a que en el plazo de tres días cancele los derechos laborales adeudados, bajo apercibimiento de expedirse mandamiento de apremio conforme al art. 216 del citado Código (fs. 77 y vta.).