SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0345/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

III.4. Análisis del caso concreto

         De las Conclusiones del presente fallo, se advierte que el proceso laboral que motivó la interposición de la presente acción de defensa, cuenta con Sentencia ejecutoriada, por lo que la demandante, ante el apersonamiento de la nueva representante legal de la CPS de Tarija, ahora representada por los accionantes, que se admitió; impetró conminarla al pago de los beneficios sociales condenados -lo que se cumplió- bajo apercibimiento de expedirse mandamiento de apremio, el que se libró el 13 de mayo de 2009, ante la inobservancia del pago de la suma condenada.

         Lo referido denota que, el mandamiento de aprehensión por el que se alega persecución indebida, se expidió en estricta sujeción a la ley, conforme a lo expresado en el Fundamento Jurídico anterior, por cuanto del contenido de los arts. 213 y 216 del CPT, el incumplimiento de las obligaciones impuestas en materia laboral, dan lugar a su origen; cuya ejecución no puede ser suspendida por ningún motivo al tenor del art. 517 del CPC. Careciendo de sustento legal el argumento vertido en la presente acción de libertad en sentido que por el incidente de nulidad de obrados planteado, correspondía la suspensión de su ejecución, y que por ende, existiría persecución indebida.

         Los argumentos expresados, motivan la denegatoria de la presente acción de defensa, al comprobarse la inexistencia de persecución indebida contra la representada de los accionantes; por el contrario, su persecución se halla respaldada por un mandamiento de apremio emitido legalmente por la autoridad judicial demandada, en cumplimiento al art. 216 del CPT, a objeto que la Sentencia emitida dentro del proceso laboral, y que estaba ejecutoriada, se cumpla en beneficio de los derechos de la demandante, ex trabajadora de la CPS de Tarija.