Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0394/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
En ese sentido, este Tribunal Constitucional, agregó a la tipología del hábeas corpus desarrollada por la jurisprudencia en la SC 44/2010 de 20 de abril al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, “ …el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad”.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3.
- a)
- i)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones procesales y el “hábeas corpus” traslativo o de pronto despacho
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.3. El principio de celeridad y la dilación indebida en la tramitación de la solicitud de la cesación de la detención preventiva
- las solicitudes de cesación de detención preventiva
- celeridad
- III.3. Análisis del caso denunciado
- APROBAR