SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0451/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0451/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

I.2.1. Ratificación de la acción

Con el derecho a la réplica, manifestó que el mismo Juez demandado reconoce que las terceras interesadas no fueron notificadas en el recurso de amparo constitucional, reconoce los derechos de las mismas en esa condición, pero “curiosamente” ordena la suspensión del desapoderamiento, justificándose en el cumplimiento del recurso de amparo, sin considerar la jurisprudencia constitucional que le hicieron conocer a momento de responder a su traslado con el incidente de Margot Licuona Zurita, que dejó sin efecto la jurisprudencia constitucional sobre la que fundamentó la Resolución cuestionada