SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

1)

Ariel Morales Vasquez en representación del tercero interesado “Georgi” Zac Zac, en audiencia, manifestó: 1) A tiempo de suscribirse el documento base del presente proceso, su representado señaló domicilio en la calle “17 de obrajes”; sin embargo, a momento de admitirse la demanda preliminar de reconocimiento de firmas y la de ejecución cuando se presentó la demanda ejecutiva, nunca se lo buscó en esa dirección, no se pidió informe al departamento de la policía o en su caso al Oficial de Diligencias del Juzgado para que se constituya en ese sitio, dejando en absoluta indefensión a su representado; 2) No puede existir calidad de cosa juzgada en un proceso que se llevó a espaldas del demandado, quien recién tuvo conocimiento del mismo el momento en el que el demandante una vez ejecutoriada la Sentencia pidió se envíe un exhorto suplicatorio a Estados Unidos de Norteamérica donde éste radica para que se efectúe el embargo de sus bienes; 3) Ante lo cual se pidió explicación del por qué se efectuaron sólo dos publicaciones de edictos y no tres, ante el supuesto juramento de desconocimiento de domicilio del demandante, cuando dijo jurar desconocer el domicilio de “Georgi” Zac Zac pero extrañamente pidió se libre exhorto suplicatorio a Estados Unidos de Norteamérica para que se embarguen sus bienes; 4) Un trámite no puede adquirir ejecutoria y menos aún se puede hablar de cosa juzgada cuando no ha sido llevado como corresponde, incumpliendo el debido proceso y las garantías constitucionales o existiendo violación a normas sustantivas o adjetivas; y, 5) El recurso no ha sido interpuesto dentro del plazo de los seis meses, puesto que el Auto de Vista fue pronunciado el 22 de octubre de 2008 y hasta el 22 de abril de 2009, debió haberse presentado esta acción, por lo que debe ser “rechazado”.