SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0470/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

citando al demandado mediante edictos con la demanda, el Auto Intimatorio de pago y acta de juramento de desconocimiento de domicilio que fueron  publicados por tres veces consecutivas en el periódico “Jornada”

Concluida la demanda de reconocimiento de firmas, con dicho documento el 13 de octubre de 2005, Felipe Lucero Usquiano, interpone demanda ejecutiva contra George Zac Zac; dentro del referido proceso, citando al demandado mediante edictos con la demanda, el Auto Intimatorio de pago y acta de juramento de desconocimiento de domicilio que fueron  publicados por tres veces consecutivas en el periódico “Jornada” (fs. 91 a 93); posteriormente, pronunciada la Sentencia 549/2006 de 14 de diciembre de “2005”, por la cual el Juez a quo declara probada la demanda ejecutiva  por la suma de $us 880 000.-, éste dispuso que el 4 de febrero de 2006, se notifique igualmente al ejecutado con dicha Sentencia mediante edictos, en un periódico de circulación nacional; edictos que fueron publicados igualmente en el periódico “Jornada” (fs. 4 a 6).  

El 25 de marzo de 2006, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, Luis Araoz Torrez, evidenciando que la parte ejecutada fue notificada con la Resolución 549/2006 y que no interpuso recurso alguno, declaró ejecutoriada la misma; prosiguiéndose con los trámites respectivos, hasta la subasta y remate de los bienes del ejecutado.