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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0472/2011-R

    Fecha: 18-Abr-2011

    II.4.

    II.4.  El 20 de marzo de 2009, el accionante, mediante una nueva nota, dirigida a los Miembros del Directorio de la AMPFSC, apeló y exigió su reincorporación al campeonato bajo alternativa de amparo constitucional, haciendo énfasis que la única instancia que le puede juzgar y sancionar es el Tribunal de Penas y/o de Honor de la AMPFSC (fs. 106 y vta.).

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El amparo constitucional y sus principios configuradores
    • III.2. El Tribunal de Penas y/o de Honor de la AMPFSC y sus competencias
    • III.3. Las reglas del debido proceso aplicables a ámbitos corporativo particulares
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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