Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0497/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
II.2.
II.2. Por requerimiento de 6 de septiembre de 2008, la Fiscal de Materia demandada, Rosmary Pando Miranda, dispuso que N.J.Q.Ch. sea internada en el Centro de Terapia Mujeres (menores) hasta que se la ponga ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal para que determine su situación jurídica, en razón a que era menor y que había sido aprehendida (fs. 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- 1)
- “procedente”
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora el derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- III.3. El régimen de protección del niño, niña y adolescente en Bolivia y
- la limitación restrictiva de su libertad
- III.4
- en los casos y según las formas establecidas por la ley
- APROBAR