Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
II.1.
II.1. Dentro del proceso ejecutivo seguido por Marco Antonio Talavera Justiniano, contra Coralia Suárez Gutiérrez, se procedió a la adjudicación a favor de Blanca Nieves Gonzales de Melgar del bien inmueble ubicado en la Urbanización Polanco, UV 24, manzana 9, vivienda 97, tipo B, inscrito en DD.RR., bajo la matrícula 7.01.1.99.0014454, razón por la cual, el 24 de enero de 2008, fue ordenado por el Juez Décimo de Instrucción en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, el desapoderamiento del citado inmueble de los ocupantes del mismo (fs. 13).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- I.2.3.Intervención de los terceros interesados
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Del debido proceso y la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.2.Análisis del caso concreto
- “
- decretada su radicatoria, corresponde, sin más trámite, resolver el recurso en el plazo de seis días. Plazo que se computa desde la fecha de radicatoria y no desde la última notificación a las partes.
- REVOCAR