SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0546/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0546/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

la excepción de incompetencia no tenía aún calidad de cosa juzgada, por ende, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, continuó con competencia, pues el sólo declarar probada la excepción no determina su incompetencia, estando pendiente la decisión del Tribunal de alzada.

Ello implica a su vez, que al estar pendiente de resolución la apelación contra el Auto 352/2008, la excepción de incompetencia no tenía aún calidad de cosa juzgada, por ende, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal, continuó con competencia, pues el sólo declarar probada la excepción no determina su incompetencia, estando pendiente la decisión del Tribunal de alzada. En consecuencia esa Resolución aún no tiene plena eficacia jurídica, se halla sujeta a revisión y posterior resolución del órgano superior en grado, mientras tanto la Juez a quo sigue ejerciendo válidamente en control jurisdiccional en la citada causa, manteniéndose vigente y subsistente la investigación iniciada por el Ministerio Público.