SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0551/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
III.2. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada por el accionante
En atención a las circunstancias de la acción de libertad que se revisa, es menester referir -previamente- que no corresponde ingresar al análisis de las cuestiones denunciadas por Juan Líder Paz Castro contra la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz; autoridad que no fue demandada en esta acción y por consiguiente, tampoco asumió defensa de lo que se le acusa.
Dirigida la acción tutelar contra el Fiscal de Materia del mismo Distrito Judicial, corresponde puntualizar que -a decir del accionante- la comisión del acto lesivo de los derechos fundamentales invocados, atribuida al referido Fiscal, se habría consumado con la orden de citación descrita en la Conclusión II.1 de esta Sentencia, a través de la cual, el demandado amenazó la emisión de un mandamiento de aprehensión de Juan Líder Paz Castro, en caso que no se presentara a las dependencias del Ministerio Público de la ciudad de La Paz, a prestar su declaración informativa en calidad de sospechoso, dentro de la investigación sobre el delito de terrorismo, a cuyo cargo se encontraba; o sea que la presunta amenaza estaba condicionada como él mismo reconoce.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- ante denuncia de irregularidades, actos ilegales u omisiones presuntamente cometidas por los fiscales o policías en la etapa preparatoria del proceso, que impliquen lesión a los derechos fundamentales de todo denunciado o sindicado, la misma debe presentarse ante el juez cautelar como el encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- III.2. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada por el accionante
- i)
- ii)
- III.3.1.
- ordenar la tutela
- REVOCAR