SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0592/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III.3. Análisis del caso concreto
Del análisis de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene que la problemática planteada radica en el hecho de que, según afirma la parte accionante, dentro de un irregular trámite de asistencia familiar, en el que hace muchos años, cuando tenía trabajo, se fijó la suma de Bs800 a favor de sus tres hijos. Sin embargo, la demandante, pese saber que fue retirado y que ya no cuenta con un sueldo, además que conformó otro hogar en el que tuvo cinco hijos menores, logró que se realice una liquidación de pensiones devengadas tomando como base una planilla de 6 de octubre de 2004, la misma que no fue aprobada y menos puesta a conocimiento suyo, por lo que no pudo asumir defensa, observar ni apelar. Posteriormente, pese a haber solicitado una audiencia de conciliación para proponer una forma de pago, la autoridad judicial accionada aceptó la renuncia de la demandante a dicha audiencia y ordenó que se expida el mandamiento de apremio contra el obligado
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- 4)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y el procesamiento indebido
- SC 0217/2007-R
- III.2.Marco legal y entendimiento jurisprudencial sobre el apremio en materia familiar
- SC 2530/2010-R
- Aspectos procesales
- Cambio de línea jurisprudencial
- ·El mandamiento de apremio con o sin allanamiento en asistencia familiar no tiene un plazo de caducidad, no obstante una vez ejecutado está sujeto a las normas establecidas por la ley especial.
- III.3. Análisis del caso concreto
- consta en obrados que el obligado asumió amplia defensa dentro del proceso de asistencia familiar de referencia, observando varias veces las liquidaciones efectuadas y presentando prueba de descargo
- APROBAR