SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0625/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0625/2011-R

Fecha: 03-May-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante, señala que los codemandados habiendo emitido las providencias de 3 y 15 de diciembre de 2008 y la Resolución de 27 de enero de 2009, hubiesen vulnerado su derecho al debido proceso, al haberle negado la tramitación y resolución del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad presentado por su parte el 2 de diciembre de 2008, como también dieron errónea aplicación al art. 63 de la LTC, mismo que dispone “la suspensión del pronunciamiento de la resolución sobre la recusación de los Jueces Técnicos del Tribunal Sexto de Sentencia hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el recurso planteado” (sic). Por consiguiente, corresponde en revisión dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.