SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0629/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.1.
II.1. Dentro de la investigación seguida por el Ministerio Público a denuncia y querella de Andrés Rojas Romero en contra de Judith Gutiérrez Yepez, Gabriela Rueda Gutiérrez y Enrique Fernández Hurtado, por la supuesta comisión del delito de asesinato, según acta de audiencia de medida cautelar y Auto Interlocutorio de 8 de abril de 2008, la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, al no concurrir las previsiones contenidas en el art. 233 inc. 1) y 2) del CPP, rechazó la solicitud de aplicación de medida cautelar de detención preventiva de las imputadas, disponiendo su libertad irrestricta, ordenando en cumplimiento del art. 228 del CPP, se libre el mandamiento correspondiente para su ejecución a favor de la representada por la accionante (fs. 2 a 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3.
- a)
- i)
- procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II. 4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- pedido fundamentado del fiscal o el querellante
- III.2. Fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso de autos
- rechazó la solicitud de aplicación de medida cautelar de detención preventiva de las imputadas, disponiendo la libertad irrestricta de la ahora demandante
- APROBAR