SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2011-R
Fecha: 20-May-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que las autoridades jurisdiccionales demandadas vulneraron los derechos de su representada a la libertad y al debido proceso, dado que dentro del proceso penal seguido en su contra, pese a que el 4 de agosto de 2009, solicitó cesación de su detención preventiva al haber transcurrido más de treinta meses desde que se dispuso la citada restricción, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, no se llevó a cabo la audiencia para su consideración, debido al uso excesivo de recusaciones opuestas por la parte querellante y al retardo en la atención de sus solicitudes, del órgano jurisdiccional, ocasionándole una detención indebida. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.3.3.
- II.3.4.
- II.3.5.
- II.3.7.
- II.3.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad y el principio de informalismo
- III.2. El principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.3. Trámite procesal y resolución de la recusación en materia penal
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.4.3. Consideraciones finales
- ordenar la tutela
- “otorgado”
- POR TANTO