SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2011-R
Fecha: 20-May-2011
III.4.3. Consideraciones finales
En cuanto a la supuesta identidad de sujeto, objeto y causa alegada en audiencia con otros recursos constitucionales presentados por la representada de la accionante, es preciso manifestar, que de la revisión del sistema de gestión procesal se verificó la existencia de acciones anteriores, sin embargo, no se verifica identidad de elementos, dado que las mismas datan de fechas anteriores, siendo la más cercana de julio de 2009, lo que conlleva a suponer que los hechos ocurridos en agosto del mismo año, no pudieron ser impugnados en esas oportunidades.
Finalmente, la actora denunció que en tres oportunidades se apersonó ante los Tribunales en el que se encontraba radicada la causa con el objeto de solicitar certificaciones, a las que no se le dio curso, pese a su insistencia, no obstante ello, ese es un aspecto que no puede ser compulsado mediante la presente acción de libertad, al no encontrarse vinculado directamente con el derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.3.3.
- II.3.4.
- II.3.5.
- II.3.7.
- II.3.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad y el principio de informalismo
- III.2. El principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.3. Trámite procesal y resolución de la recusación en materia penal
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.4.3. Consideraciones finales
- ordenar la tutela
- “otorgado”
- POR TANTO