SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0759/2011-R

Fecha: 20-May-2011

III.4.1.

III.4.1. En cuanto al primer aspecto denunciado, es evidente que el 4 de agosto de 2009, Rita Castrillo Bluske, presentó memorial al Tribunal Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, solicitando que se señale día y hora de audiencia para la consideración de la cesación a la detención preventiva, al encontrarse privada de su libertad por veintisiete meses y doce días, sin que hasta esa fecha se le hubiere iniciado juicio oral y público y tampoco pese en su contra sentencia condenatoria ejecutoriada. En virtud a lo cual, el citado Tribunal dispuso audiencia para la consideración de la cesación de la detención preventiva para el 13 de agosto de 2009; esto es, ocho días más tarde, aspecto que en definitiva sobrepasa el plazo prudencial establecido por la jurisprudencia, y por tanto, vulnera el derecho a la libertad de Rita Castrillo Bluske, al no haberse tramitado la solicitud con la celeridad del caso, siendo aplicable la subregla b) de la SC 0078/2010-R, glosada en el Fundamento Jurídico III.2, que otorga un plazo límite de tres o cinco días como máximo para la celebración de la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva.