SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0763/2011-R
Fecha: 20-May-2011
III.5. Consideración final
Lo establecido precedentemente, determina la denegatoria de la acción con relación a la empresa NELCO S.A., sin embargo, sería posible ingresar a analizar el fondo de la problemática, con relación a los derechos y garantías inherentes al propio accionante, por cuanto, actúa también a nombre propio; empero, de la revisión de antecedentes, no se encuentra el nexo de causalidad entre los hechos denunciados y los derechos invocados, dado que no se tiene ninguna referencia sobre la forma en que sus derechos al trabajo y a la igualdad jurídica hubieren sido vulnerados por la autoridad demandada, por cuanto, por una parte, se desconoce cuál es la relación laboral que lo involucra con la citada empresa y de qué forma estaría siendo vulnerado el mismo; y de otra parte, el derecho a la igualdad jurídica, no le afecta directamente, porque el Decreto Departamental 45, ahora impugnado, no está dirigido expresamente a él como sujeto pasivo y tampoco representa ninguna restricción en su persona como ser humano.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la legitimación activa en las acciones de amparo constitucional
- III.2. Legitimación activa de las personas jurídicas
- III.3. Sobre los requisitos de forma
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Consideración final
- APROBAR