Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de ese año, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 2 de 5 de enero de 2010, cursante de fs. 10 a 11 vta., pronunciada por la Jueza de Partido en lo Penal, Liquidadora y de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Derecho de la Niñez y Adolescencia
- III.2. Responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes ante la comisión de infracciones
- III.3. Sobre la aprehensión de adolescentes por parte de la Policía Nacional
- III.4. Sobre la aplicación de medidas cautelares
- III.5. Sobre la ratificación de la medida cautelar de detención preventiva
- III.6. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR