Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.3.
II.3. El mandamiento de aprehensión se expidió el 3 de octubre de 2009, y se ejecutó el 6 de ese mes y año, fecha desde la cual, el sobrino de la accionante, de quince años de edad, se encuentra detenido en el Centro de Infractores “Aconley”, sin que curse en obrados solicitud de la Fiscalía, de ratificación sobre la medida impuesta en aquel entonces (fs. 10 vta.; 7 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Derecho de la Niñez y Adolescencia
- III.2. Responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes ante la comisión de infracciones
- III.3. Sobre la aprehensión de adolescentes por parte de la Policía Nacional
- III.4. Sobre la aplicación de medidas cautelares
- III.5. Sobre la ratificación de la medida cautelar de detención preventiva
- III.6. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- APROBAR