SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0895/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

Fragmento 17

         Los razonamientos citados ut supra son aplicables al caso concreto, en el que si bien se advierte la interposición de la presente acción fuera del plazo de caducidad de seis meses establecido por la Ley Fundamental, al indicar la accionante que tuvo conocimiento del acto considerado como ilegal el 2 de enero de 2009, presentando su acción recién el 13 de julio de ese año; y que denunció los hechos ante la Fiscalía y la FELCC, encontrándose sujetos a investigación; al versar la demanda sobre vías de hecho debe prescindirse de los principios de inmediatez y subsidiariedad.