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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0920/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0920/2011-R

    Fecha: 22-Jun-2011

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 27/2010 de 13 de abril, cursante de fs. 637 a 639 vta., dictada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • “improcedente”
    • I.3.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 13
    • III.1. La acción de libertad y el alcance de la tutela que brinda con relación al debido proceso
    • y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional,
    • b) Exista absoluto estado de indefensión, aclarándose que si ésta ha sido provocada por el recurrente no procede la acción de libertad (SC 0287/2003-R de 11 de marzo)
    • III.2. El derecho a la defensa en proceso penal
    • III.3. Análisis de la problemática planteada
    • “'no se puede exigir que impugne por el sólo hecho de impugnar'
    • APROBAR

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