SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
a)
José Illanes Vidal, Fiscal de Materia, codemandado, mediante informe escrito, cursante a fs. 46 y vta., y en audiencia, señaló que: a) El 20 de agosto de 2007, tomó conocimiento de la causa la Fiscal de Materia, Varinia Gonzáles A., y no Rodolfo Ramírez, quien, el 12 de septiembre de 2008, emitió Resolución de rechazo; b) El 26 del mismo mes y año, expresando su disconformidad con el fallo, el denunciante, formuló querella dentro del mismo caso solicitando reapertura del proceso; c) Si bien no se aportaron nuevos elementos, existía el obstáculo de la falta de voluntad de los imputados para colaborar con el desarrollo del proceso, a quienes se citó y no se presentaron; d) En cuanto al principio non bis in iden, carece de valor legal, toda vez que no se está juzgando por segunda vez a los imputados, solamente se ha procedido a la reapertura del proceso ante la existencia de nuevos elementos que hacen presumir la perpetración del hecho y la posible participación de los imputados en el ilícito; y, e) En el presente caso, luego de la emisión de la resolución de imputación formal, se ha remitido el mismo ante el Tribunal de Sentencia Primero de Sacaba, donde se encuentra radicado..
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- rechazó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3.El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso
- desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- APROBAR