SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Su defendido se encuentra ilegalmente detenido en el penal de San Pedro de la localidad de Sacaba, a raíz de la denuncia incoada por Julio Villarroel Zalazar el 15 de agosto de 2007, por la sospecha de que el accionante y otro hubieren ingresado en el domicilio del demandante, querella de la que tuvo conocimiento el Fiscal, Rodolfo Ramírez, el 20 del mismo mes y año, iniciándose las investigaciones y poniendo el hecho a conocimiento del Juez “Cautelar o Juez de las Garantías” (sic).
La Resolución de reapertura, fue continuada por el Fiscal, José Illanes Vidal, quien, al formalizar la imputación, dejó a su representado en total indefensión, vulnerando su derecho a la defensa amplia e irrestricta, su derecho al debido proceso y su derecho a la libertad de locomoción, toda vez que desde la fecha de la imputación se encuentra recluido en el penal de San Pedro de la localidad de Sacaba.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- rechazó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3.El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso
- desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- APROBAR