SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, a nombre de su representado, alegan que, las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la defensa amplia e irrestricta, al debido proceso y a la libertad de locomoción, toda vez que, habiéndose dictado Resolución de rechazo de la denuncia interpuesta por Julio Villarroel Salazar, por la supuesta comisión de los delitos de robo agravado, tentativa de asesinato, asociación delictuosa, allanamiento de domicilio y sus dependencias, amenazas y coacción, y sin que existan nuevos elementos de convicción que demuestren su culpabilidad, el Fiscal demandado requirió por la reapertura del proceso a querella presentada por el denunciante, cuando el plazo para objetar dicha resolución había caducado.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- rechazó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3.El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso
- desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- APROBAR