SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
III.4. Análisis del caso
En el presente caso, los accionantes alegan que su defendido se encuentra detenidos en el penal de San Pedro de Sacaba del Distrito judicial de Cochabamba por la supuesta comisión de los delitos de robo agravado, tentativa de asesinato, asociación delictuosa, allanamiento de domicilio y sus dependencias, amenazas y coacción, a denuncia de Julio Villarroel Salazar, proceso en el cual, el Fiscal demandado, dispuso el rechazo de la denuncia otorgando un plazo de cinco días al denunciante para objetar el fallo; sin embargo éste, recién formuló querella, sin aportar nuevos elementos, luego de dieciocho días, habiendo el fiscal dispuesto la reapertura del proceso mediante Auto de 4 de diciembre de 2008, vulnerando los derechos de su representado a la defensa amplia e irrestricta, al debido proceso y a la libertad de locomoción.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- rechazó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3.El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso
- desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- APROBAR