AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2011-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2011-O

Fecha: 05-Jul-2011

II.1.

II.1.   Por informe de 14 de septiembre de 2010, presentado por la Jueza demandada, hizo conocer al Juez de garantías que; respecto a la calificación de daños y perjuicios, no hay prueba que demuestre que la accionante         -ejecutada dentro del proceso civil-, haya sufrido algún daño, por el contrario, es deudora de $us1091,46.-(un mil noventa y un dólares 46/00 estadounidenses) y sus intereses hasta la fecha, además de haberse negado a exponer los bienes muebles que se encuentran bajo su custodia. (fs. 92 y vta.).