Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1071/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
II.2.
II.2. Del informe emitido por la autoridad jurisdiccional, se tiene que vencida la etapa preparatoria, mediante Auto de 11 de enero de 2008, se conminó al Fiscal de Distrito a presentar requerimiento conclusivo, autoridad que mediante Resolución 04/2008 de 15 de febrero, dispuso el sobreseimiento del accionante; mereciendo el decreto de “Se tiene presente lo referido por el Sr. Fiscal” (sic), el 19 de febrero del señalado año (fs. 17 a 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1.1. Marco doctrinal
- III.1.2. Marco legal
- Impugnación del Sobreseimiento”,
- en base al principio de unidad que rige al Ministerio Público, es la misma entidad la que se encarga de revisar esta decisión
- SC 1406/2005-R de 8 de noviembre
- el sobreseimiento ha sido ratificado por el Fiscal de Distrito
- posteriormente a través de la SC 1230/2006-R, de 1 de diciembre
- SC 1230/2006-R
- 1)
- mediante Auto de 11 de enero de 2008, conminó al Fiscal de Distrito a presentar requerimiento conclusivo
- Fragmento 20