SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2011-R

Fecha: 13-Sep-2011

II.4.

II.4.  Mediante memorial presentado el 12 de mayo de 2009 ante la Comisión de Ética del Concejo Municipal de Tupiza, el ahora accionante interpuso recurso de recusación contra el Concejal y miembro de la Comisión, Jorge Tito Garrido, por haber adelantado su opinión en la sesión ordinaria del Concejo Municipal de 5 de mayo de 2009, sobre su procesamiento por la supuesta conducta antiética (fs. 11 a 12). Ante la falta de pronunciamiento de dicho ente, por escrito presentado el 20 del mismo mes y año, el denunciado, exigió la resolución de la recusación presentada por su parte (fs. 13). Mereciendo el Auto 03/2009 de 22 de mayo, dictado por la misma comisión, rechazando el petitorio, por no ser evidente que hubiera opinado sobre el fondo de la denuncia sino sólo respecto a su forma de tramitación, determinando en consecuencia, continuar con la sustanciación del proceso (fs. 14 a 15).