SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
2)
Así, al interponer William Rosales Suárez y Ruan Rosales Ágreda acción de libertad, ésta fue resuelta mediante Sentencia 19/2009, a favor únicamente del segundo; 2) La accionante, formula acción de libertad manifestando que se dictó Sentencia condenatoria en su contra por el delito de complicidad en el tráfico de sustancias controladas, condenándola a la pena de 6 años y 8 meses de presidio; revocada en parte la referida Sentencia condenatoria, se la absolvió por el delito de tráfico de sustancias controladas. Al respecto, se debe tener presente que en ninguna de las instancias del proceso penal por el delito de complicidad en el tráfico de sustancias controladas, la hoy accionante fue absuelta de culpa y pena; 3) Asumió conocimiento cuando el proceso se encontraba plenamente ejecutoriado, constando éste en fotocopias al estar el expediente original en la Corte Suprema de Justicia para resolver otro recurso pendiente. Entonces, con plena atribución y competencia, se libró mandamiento de condena contra Sonia Rosales Suárez, al encontrarse ejecutoriado el Auto de Vista de 28 de diciembre de 2002; 4) Se evidencia la no existencia de recursos, incidentes o cualquier otro medio legal incoado oportunamente, deduciendo su conformidad con el mismo; sin embargo, extrañamente después de dos años de notificada con el Auto de Vista ejecutoriado, la accionante solicitó la extinción de la acción penal, la que fue declarada no ha lugar por la Corte Suprema de Justicia; y, 5) En conclusión, no se violentó, suprimió o restringió derecho alguno.
- acción de libertad,
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- 2)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- “procedente”
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 18
- III.2. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- tenía conocimiento de la ejecutoria de la Sentencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- como causa directa
- no se encuentra vinculada como causa directa con el derecho a la libertad de la representada del accionante
- a causa de un mandamiento de condena
- REVOCAR